El Gobierno ha aprobado el Real Decreto 407/2024, de 23 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, que regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales, con el fin de brindar una mayor protección frente a este tipo de delitos y fortalecer la detección de los mismos en la contratación.
En esta disposición normativa se incluye la posibilidad de solicitar certificados de antecedentes penales en tiempo real por parte de la empresa, “cuando sea necesario para la contratación y ejercicio de la relación laboral o actividad”, previo consentimiento expreso del trabajador. El objetivo de esta nueva medida es mejorar la seguridad en el empleo de personas que trabajan con menores, evitando que no se detecten delitos cometidos tras la contratación. Se habilita, por tanto, a empresas, ONGs, instituciones y algunos colegios profesionales a solicitar certificados actualizados de antecedentes penales, incluyendo delitos sexuales y trata de seres humanos, siempre que estos cuenten con el consentimiento del empleado, permitiendo así una actualización continua de la información.
Por otra parte, se simplifica el proceso de certificación de antecedentes para ciudadanos de la UE que se encuentren trabajando o cuya intención sea trabajar en España mediante la conexión del registro con el Sistema Europeo de Información sobre Antecedentes Penales (ECRIS).
Se permite a las personas de 16 a 18 años certificar sus propios datos y suscribir certificaciones negativas respecto a personas que no figuren inscritas. En el caso de los menores de 16 años o personas necesitadas de apoyo en el ejercicio de su capacidad jurídica, la solicitud deberá ser realizada mediante representante legal, guardador de hecho, curador o defensor judicial.
También se equipara el proceso de cancelación de sentencias de tribunales extranjeros en el Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos, excepto cuando el Estado de condena ya haya ordenado su eliminación, en cuyo caso, la cancelación se realizará pasados 30 años si el delito involucra a un mayor de edad condenado por delitos sexuales contra un menor y no ha cometido otro delito similar.
Finalmente, los datos relativos a penas y medidas de seguridad por delitos sexuales y trata de seres humanos registrados con anterioridad a la entrada en vigor del presente Real Decreto, se enviarán automáticamente al Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos en el estado en que se encuentren.
Estas reformas parten del principio del interés superior del menor de edad, ofreciendo una mayor protección frente a los delitos de carácter sexual, representando además, un avance significativo en términos tecnológicos, lo que resalta el compromiso tanto con el bienestar de los ciudadanos más vulnerables como con la modernización de los sistemas de justicia y seguridad.