Hoy en día, las nuevas tecnologías, el uso de Internet, el hecho de utilizar un móvil, ordenador o una tablet es algo muy común entre la mayor parte de ciudadanos. Aunque todas estas herramientas se crearon con un fin benevolente, como era la posibilidad de transmitir la mayor parte de la información a cualquier persona, ahora es cuando podemos descubrir que la amplificación de vías de comunicación pueden ser muy perjudicial cuando no caen en las manos adecuadas, dando lugar a envíos de imágenes y vídeos con carácter sexual a través de redes sociales, la publicación de humillaciones públicas y violencia.
Para tratar de solventar todo este tipo de situaciones de la forma más breve posible, la AEPD puso en marcha un canal prioritario de reclamaciones. La característica principal del canal, como se denota del propio nombre es la rapidez. Se trata de una vía proporcionada por la Agencia para agilizar o dar una respuesta rápida a situaciones con un alto grado de especial delicadeza, como con la difusión de contenido sexual, violento, donde se muestre violencia de género, bullying, grooming….
Pero, ¿cómo funciona? La persona que quiera hacer uso del canal prioritario deberá ir a la sede electrónica de la AEPD y desde este link https://sedeagpd.gob.es/sede-electronica-web/ deberá clickar sobre “Canal prioritario de retirada de contenidos”. Una vez dentro, deberá indicar las circunstancias en las que se produjeron dichos actos, si es víctima de violencia de género, acoso o abuso sexual o si pertenece a un grupo de personas especialmente vulnerables (menores, personas discriminadas por raza u orientación sexual, con alguna discapacidad…). Esta reclamación llegará de forma prioritaria a la AEPD y tras su análisis, podrá determinar si adopta de forma urgente alguna de las medidas cautelares que se encuentran en la LOPD.
Junto a esta medida, empresas como Google, Facebook y Twitter se han mostrado de acuerdo con la ejecución de las medidas cautelares que se proponen en esta iniciativa. Además, no solo puede acarrear el bloqueo temporal de esas imágenes o vídeos, si no que, a los responsables de la divulgación se les podrá abrir un expediente administrativo disciplinario, penal o civil.
¿Cómo nos afecta?
Desgraciadamente, hoy en día, ser víctima de un ciberataque es más sencillo de lo que pensamos debido a la exposición de imágenes y vídeos personales en las redes sociales, pero es verdaderamente preocupante cuando dentro de estos colectivos de víctimas se encuentran menores o personas especialmente vulnerables. Por ello, la AEPD ha firmado una serie de Instrumentos de colaboración (protocolos y convenios) para facilitar el uso del canal prioritario. Entre ellos se encuentra “El Protocolo de actuación entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la AEPD” que dará a conocer las consecuencias de la obtención y la publicación de imágenes ilegítimas sensibles a través de Internet de los centros escolares, entre madres, padres, alumnas/os y profesoras/es y las vías para interponer la reclamación. Por lo tanto, si eres víctima de estos ataques, ¡no dudes en bloquear el contenido en las distintas plataformas y en utilizar ésta vía!
– Laura Cebrián Santaolalla-